Cobertura de daños por agua

Daños producidos por el agua

No es su culpa que el vecino de arriba lleve a cabo una obra en su casa, reviente una cañería y tu piso quede inundado. Sí que es su responsabilidad que su baño quede anegado porque a su hijo se le ha olvidado cerrar el grifo de la bañera. Los desperfectos en ambas situaciones son parecidos. Sin embargo, Clickseguros te garantiza la tranquilidad que necesitas para volver a dejar a su hijo bañarse solo.

Esta cobertura se puede contratar en todos los seguros hogar de Clickseguros.

  • Se garantiza:

    Los daños materiales ocasionados directamente a los bienes asegurados por el agua como consecuencia de:

    • Escapes accidentales, roturas , atascos o heladas:
      • De cañerías de distribución o bajantes de agua.
      • De los recipientes o depósitos fijos.
      • De acuarios u otras instalaciones fijas de ornamento y/o decoración.
      • De las instalaciones de calefacción o de los aparatos de uso doméstico conectados a la red de suministro y evacuación de agua.
    • La omisión del cierre de llaves o grifos de agua, excepto cuando la vivienda asegurada haya permanecido deshabitada más de 72 horas consecutivas.
    • Las filtraciones a través de techos, muros y/o paredes provenientes de edificaciones colindantes o superiores.

    En caso de garantizarse el Continente, quedan también incluidos en esta cobertura:

    • Los gastos ocasionados por la localización de la avería, así como los originados por los trabajos de albañilería y fontanería.
    • Los gastos de materiales de fontanería necesarios para reparar o reponer el tramo de la parte averiada de las instalaciones del Continente causantes de los daños materiales garantizados del siniestro.
  • Se excluyen:
    • Los daños que tengan su origen en la omisión de las reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones o para subsanar el desgaste notorio y conocido de conducciones, aparatos y depósitos.
    • Los daños producidos por la omisión del cierre de las llaves o grifos.
    • Los daños provocados por la entrada o filtraciones de agua del exterior a consecuencia de fenómenos meteorológicos a través de aberturas, tales como ventanas, balcones, puertas, etc., así como por las aguas que discurran por jardines o jardineras, vías públicas o privadas.
    • Los daños producidos por humedad, lluvia o condensaciones.
    • Los daños resultantes de tempestades, huracanes, inundaciones, mareas y desbordamientos de fuentes, ríos, lagos y presas.
    • Los daños que tengan su origen en la red subterránea de saneamiento horizontal, fosas sépticas, cloacas o alcantarillas, así como los debidos a deslizamientos y reblandecimiento del terreno.
    • Los daños que tengan su origen en vasos de piscinas o redes de riego.
    • La reparación de las tuberías o conducciones de la vivienda y sus dependencias anexas como consecuencias del deterioro generalizado de las mismas.
    • La obligación de la Compañía, en tales casos, queda limitada a indemnizar la reparación del tramo de conducción o tubería causante del daño, con límite de 600 Euros.
    • De producirse siniestros posteriores y no haberse efectuado las reparaciones necesarias, la Compañía, quedará desligada de las obligaciones que para ella se derivan de esta garantía.
    • Los daños producidos como consecuencia de trabajos de construcción o reparación del edificio.
    • La reparación de grifería, aparatos electrodomésticos o depósitos cuando sean causantes del siniestro.
    • Los gastos de desatascos, localización o reparación de averías que no produzcan daños indemnizables por esta garantía.

    Cobertura máxima: 100% de los capitales asegurados por continente y/o contenido.

    Calcula tus seguros hogar ahora.

Nota: Esta información es meramente orientativa y no tiene carácter contractual, debiendo atenerse en cada caso, al contenido de la póliza de seguros contratada.

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