Seguro del Conductor


La cobertura de seguro del conductor garantiza el pago de las indemnizaciones por daños corporales al conductor, incluido el Fallecimiento y la invalidez permanente, y el reembolso de los gastos médicos relacionados con dichos Daños generados en un periodo de 12 meses, en caso de accidente de circulación del Vehículo.

Esta cobertura se puede contratar en todos los seguros de coche de Clickseguros (con distintos importes).


Detalle de la cobertura de seguro de conductor:

  • Se garantiza:

    El pago de las indemnizaciones por Daños Corporales al Conductor, incluido el Fallecimiento y la Invalidez Permanente, y el reembolso de los gastos médicos relacionados con dichos Daños generados en un periodo de 12 meses desde la ocurrencia de un siniestro, en caso de accidente de circulación del Vehículo, ampliando esta consideración a los supuestos de subida y bajada del mismo y hasta los límites establecidos en Resumen de Garantías de la Póliza.

    En el caso del fallecimiento de ambos cónyuges, Clickseguros abonará el doble del capital asegurado, por la cobertura de “Fallecimiento, del seguro del conductor” que se indica en el “Resumen de garantías”.

    Si hubiese hijos menores de 18 años a cargo de ambos cónyuges, siendo estos los beneficiarios del referido capital, se les abonará el triple del capital en la proporción que corresponda, en función del número de hijos menores de edad que hubiere en el momento del fallecimiento de ambos cónyuges.

  • Se excluye:

    Los gastos a cargo del Seguro Obligatorio de Automóviles, del Seguro Obligatorio de Viajeros, de otros seguros obligatorios o de la Seguridad Social.

    Los gastos de desplazamiento durante el proceso de curación, salvo el servicio de ambulancia prescrito por médico.

  • Derechos y obligaciones:
    • El Asegurado se obliga a someterse al reconocimiento de los médicos designados por Clickseguros.
    • En caso de Fallecimiento del Asegurado, los Beneficiarios deberán presentar los siguientes documentos para el pago de la indemnización:
      • Certificado del médico que haya asistido al Asegurado en el que se detallarán las circunstancias y causas del Fallecimiento.
      • Certificado de inscripción de defunción en el Registro Civil.
      • Documentos acreditativos de la condición de Beneficiarios y su personalidad.
      • Carta de exención del Impuesto sobre Sucesiones, o de la liquidación si procede, cumplimentada por Hacienda.
Nota: Esta información es meramente orientativa y no tiene carácter contractual, debiendo atenerse en cada caso, al contenido de la póliza de seguros contratada.

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