La cobertura de asistencia en viajes cubre la asistencia al vehículo y a las personas. Esta cobertura se puede contratar en todos los seguros de coche de Clickseguros, tanto a terceros como a todo riesgo, y también al crear un seguro de coche a medida.
Detalle de la cobertura:
1. AMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN
La asistencia al vehículo se prestará en España, resto de Europa y países ribereños del Mediterráneo. La asistencia a las personas se prestará en todo el mundo.
La cobertura de asistencia sanitaria se prestará a partir de una distancia de 25 kilómetros del domicilio habitual del asegurado, que conste en las condiciones de su póliza en el momento de la solicitud del servicio, en la Península Ibérica, y de 10 kilómetros en el caso de que resida en las Islas Baleares o Islas Canarias.
2. CONSIDERACIÓN DE ASEGURADO
Se considera asegurado la persona física residente en España, tomador del seguro de Automóviles, su cónyuge o pareja de hecho, ascendientes o descendientes en primer grado que con él convivan y a su cargo.
Para poder beneficiarse de las prestaciones garantizadas, el Asegurado debe tener su domicilio en España, residir habitualmente en él y su tiempo de permanencia fuera de dicha residencia habitual no exceder de los 60 días por viaje y desplazamiento.
No se perjudica ni modifica el derecho de los Asegurados, si estos viajan por separado.
Si la póliza fuera suscrita por persona jurídica, tendrá carácter de asegurado la persona física que figure como conductor habitual del vehículo.
También tienen la consideración de Asegurados, los ocupantes a título gratuito del vehículo asegurado en caso de siniestro sobrevenido al mismo.
3. ACCESO AL SERVICIO
Para solicitar el servicio de Asistencia en Viaje deberá ponerse en contacto con clickseguros, donde le atenderán las 24 horas del día, debiendo facilitar los datos del Asegurado, número de Póliza, servicio que precisa, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
No serán reembolsados gastos de asistencias prestadas ajenas al Asegurador.
4. ASISTENCIA EN VIAJE AL VEHICULO ASEGURADO Y SUS OCUPANTES
4.1. Inmovilización
Las averías o accidentes, así como todas aquellas otras circunstancias que no garanticen o impidan la circulación con seguridad, bien por razones meteorológicas, o bien por las características del impacto y sus consecuencias (pinchazos, errores al repostar, falta de combustible, olvido de llaves en el interior del Vehículo o su pérdida y rotura de lunas), se definen como Inmovilización.
4.2. Ayuda técnica en carretera
Si el Vehículo se encuentra inmovilizado por avería o accidente, clickseguros, si es posible, le proporcionará la ayuda técnica para intentar una reparación de emergencia en el mismo lugar en el que se encuentre, entendiéndose como tal, la que realizada en un tiempo no superior a 1 hora permita la circulación del Vehículo por sus propios medios.
clickseguros cubre los gastos de desplazamiento y mano de obra, con un límite de 60 Euros.
Esta garantía no ofrece cobertura, quedando a cargo del Asegurado, sobre el coste de las piezas que eventualmente fuera necesario sustituir, el coste del combustible y el gasto del equilibrado de ruedas y cualquier otro relativo a las mismas.
4.3. Remolque del Vehículo
En caso de accidente o avería que impida al Vehículo circular por sus propios medios o en caso de rotura de lunas, clickseguros organizará y tomará a su cargo los gastos de remolque hasta el taller elegido por el Asegurado, con un límite de 150 kilómetros desde el lugar de inmovilización.
4.4. Rescate del Vehículo
clickseguros organizará y tomará a su cargo el servicio de rescate o salvamento del Vehículo que, transitando por vías ordinarias quedara, por vuelco o caída en desnivel, en situación de imposibilidad de circular o de ser remolcado, hasta el importe máximo de 150 Euros.
4.5. Transporte o repatriación del Vehículo accidentado, averiado o robado
Si la reparación del vehículo asegurado requiere un tiempo de inmovilización superior a 3 días, o en caso de robo, si el vehículo es recuperado con posterioridad al regreso del Asegurado a su domicilio, clickseguros organizará y se hará cargo de los gastos de transporte del vehículo hasta el domicilio del Asegurado en un plazo no superior a 5 días laborables desde el momento en que se comunica el taller de destino.
Si el valor venal del vehículo asegurado, antes del accidente, avería o robo fuera inferior al valor de la reparación, se hará cargo solamente de su transporte hasta una distancia máxima de 150 kilómetros, tanto si la inmovilización se produce en España como si se produce en el extranjero.
En caso de robo del vehículo, el Asegurado deberá acreditar la presentación de la correspondiente denuncia ante la autoridad competente, para tener derecho a esta garantía.
La información sobre el tiempo previsto de inmovilización y el coste de la reparación del vehículo será proporcionada por el taller o servicio oficial donde haya sido remolcado el vehículo. En caso de discrepancia, el Asegurado, podrá solicitar, a su cargo, un presupuesto detallado.
4.6. Gastos de pupilaje o custodia
clickseguros se hará cargo de los gastos de pupilaje o custodia que, se hayan producido por su intervención en relación al Vehículo transportado, en los supuestos de inmovilización porque el Vehículo se encuentre, accidentado, averiado o robado, hasta un máximo de 100 Euros.
4.7. Prestaciones a los Asegurados en caso de inmovilización del Vehículo por avería, accidente o robo
Cuando la inmovilización del vehículo fuese superior a un día o la reparación comportara más de 8 horas, según el baremo del constructor, y siempre que el Asegurado no hiciera uso del apartado 8, el Asegurador organizará y se hará cargo de los gastos de transporte de los Asegurados hasta su domicilio o, a su elección, hasta el destino de su viaje si el coste no supera al de regreso a domicilio.
En los mismos supuestos indicados anteriormente y a elección del Asegurado, clickseguros supeditado a las disponibilidades existentes, pondrá a su disposición y a la de los ocupantes del vehículo asegurado, un vehículo de alquiler, tipo C, para desplazarse hasta el domicilio del Asegurado o su lugar de destino, en función de que se hubiera superado o no la mitad del trayecto.
En virtud de la distancia a recorrer, clickseguros determinará cuál es el tiempo máximo de utilización del vehículo de alquiler, no pudiéndose superar en ningún caso el límite de dos días y 200 euros de cantidad máxima. En todo caso queda supeditada la prestación de esta cobertura a la aceptación por parte del Asegurado de las condiciones habituales del contrato de alquiler de vehículos. El carburante, en todo caso, será a cargo del Asegurado.
4.8. Gastos de Hotel
En los mismos supuestos que el apartado anterior, y si los Ocupantes del Vehículo han decidido no proseguir su viaje ni utilizar un Vehículo de Sustitución, clickseguros organizará su estancia en un hotel en espera de la reparación y tomará a su cargo los citados gastos hasta 60 Euros por Asegurado y noche, y hasta un máximo de 2 noches.
Si la contingencia hubiese ocurrido en el extranjero, el límite será de 90 Euros por Asegurado y noche, con un máximo de 3 noches.
4.9. Traslado del Asegurado para recoger su Vehículo reparado
Si el Vehículo accidentado o averiado hubiera sido reparado en el mismo lugar del Siniestro o en caso de robo, habiéndose sido posteriormente recuperado en buen estado para circular, clickseguros organizará y se hará cargo de los gastos de transporte del Asegurado o de la persona que éste designe, a fin de recoger su Vehículo.
4.10. Envío de chofer profesional
Si por causa de enfermedad grave, accidente o muerte, el Asegurado hubiese sido trasladado o estuviese incapacitado para conducir y ningún otro ocupante pudiera sustituirlo en la conducción, clickseguros enviará un conductor profesional para transportar el Vehículo y sus Ocupantes hasta el domicilio del Asegurado, o, a su elección, hasta el lugar de destino siempre que los días a emplear sean los mismos.
4.11. Envío de piezas de recambio
Si por accidente, avería o robo del Vehículo, su reparación precisara de piezas de recambio que no pudieran obtenerse en la zona de ocurrencia, clickseguros organizará y se hará cargo de su envío y de los correspondientes gastos de transporte.
Una vez que el Asegurado haya regresado a su domicilio, deberá devolver a clickseguros el coste de las piezas recibidas así como los derechos de aduana si el envío se hubiera realizado a un país extranjero.
clickseguros no tendrá la obligación de facilitar repuestos si no se encuentran en España.
4.12. Extravío o robo de las llaves del Vehículo
En el caso en el que se produzca la pérdida o robo de las llaves del Vehículo, o su olvido en el interior del mismo, clickseguros se hará cargo del envío al Asegurado de un duplicado de las llaves hasta el lugar donde se encuentre el Vehículo, siempre y cuando se facilite por parte del Asegurado su obtención.
Si se produjera esta contingencia en España, alternativamente y de forma excluyente, clickseguros se hará cargo del remolque del Vehículo al servicio oficial más cercano.
En todo caso, el límite máximo de esta garantía por todos los conceptos será de 100 Euros.
4.13. Defensa jurídica automovilística en el extranjero
clickseguros se hará cargo de la defensa del Asegurado conductor del Vehículo ante las jurisdicciones civiles o penales en el extranjero, de las acciones que contra él se dirijan a consecuencia de un accidente de circulación sufrido con el Vehículo y hasta una cantidad máxima de 1.200 Euros. El Asegurador le reembolsará los gastos que puedan producirse en la contratación de un intérprete, abogado y/o procurador. La elección y designación de intérprete, letrado o procurador serán en todo caso por cuenta del Asegurado, quien deberá acreditar el gasto con las correspondientes facturas.
Cuando le sean exigidas al Asegurado, conductor del Vehículo, las costas procesales en un procedimiento criminal como consecuencia de un accidente de circulación sufrido con el Vehículo, clickseguros le reembolsará las mencionadas costas hasta un límite de 1.200 Euros.
4.14. Adelanto de fianzas penales en el extranjero
En el caso de que sea necesaria una fianza penal para garantizar la libertad provisional del Asegurado o su asistencia personal a juicio, el Asegurador adelantará por este concepto la cantidad exigida hasta el límite de 5.000 Euros.
En este supuesto, el Asegurado deberá firmar un escrito de reconocimiento de deuda, comprometiéndose a la devolución de su importe dentro de los 2 meses siguientes de efectuado el adelanto.
4.15. SE EXCLUYEN
- Las asistencias al Vehículo que se encuentre en vías no transitables o de acceso ilícito o imposible.
- Los gastos de gasolina, de reparaciones del Vehículo, el transporte de mercancías y animales, las sustracciones de Equipajes y materiales, de Objetos personales o de Accesorios incorporados al Vehículo.
- Los gastos de desplazamiento o alojamiento no descritos en la Póliza.
- Las prestaciones en caso de robo del Vehículo si no se acredita la inmediata presentación de la denuncia ante las Autoridades.
- Los vehículos dedicados, incluso a título ocasional, al transporte público de viajeros.
- Las caravanas o remolques especialmente adaptados para el transporte de embarcaciones o de animales.
- La participación en competiciones deportivas, y rescate de personas en mar, montaña o desierto.
5 COBERTURA DE ASISTENCIA SANITARIA
5.1. Asesoramiento médico a distancia
En caso de enfermedad o lesiones graves de alguno de los Asegurados, clickseguros pondrá a disposición del Asegurado su equipo médico que, en contacto con el facultativo que le atienda, determinará la necesidad y medios más idóneos de tratamiento o traslado a centro hospitalario que disponga de las instalaciones necesarias, si resultara necesario.
5.2. Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos
En caso de sufrir el Asegurado una enfermedad o accidente cuyo tratamiento requiera, según criterio médico, su traslado sanitario, clickseguros organizará y tomará a su cargo el transporte del mismo por el medio más idóneo, incluso bajo vigilancia médica si procede, hasta el Centro Hospitalario que disponga de las instalaciones necesarias.
Si la hospitalización se realizase en lugar alejado del domicilio del Asegurado, el Asegurador organizará y se hará igualmente cargo del subsiguiente traslado al domicilio en cuanto éste pueda efectuarse.
El medio de transporte utilizado en Europa y países ribereños del Mediterráneo, cuando la urgencia y la gravedad del caso lo requieran, será el avión sanitario especial.
En otro caso, o en el resto del mundo, se efectuará por avión de línea regular o por los medios más rápidos y adecuados, según las circunstancias.
En cualquier supuesto, la decisión de realizar o no el traslado, y la elección de los medios de transporte utilizados corresponden al equipo médico de clickseguros.
5.3. Transporte o repatriación de los Asegurados acompañantes
Cuando en aplicación de la cobertura otorgada en la garantía anterior, se haya repatriado o trasladado a uno de los Asegurados y ello impida al resto de los Asegurados la continuación del viaje por los medios inicialmente previstos, clickseguros organizará y se hará cargo del transporte de los mismos hasta su domicilio o al lugar de hospitalización.
5.4. Transporte o repatriación de menores, discapacitados y/o personas mayores dependientes
Si el Asegurado repatriado o trasladado en aplicación de la garantía 2) viajara en la única compañía de hijos menores de 15 años, persona discapacitada y/o mayor dependiente, clickseguros organizará y tomará a su cargo el desplazamiento, ida y vuelta, de una azafata o de una persona designada por el Asegurado, a fin de acompañar a estas personas en el regreso a su domicilio.
5.5. Desplazamiento de un acompañante en caso de hospitalización
Si el estado del Asegurado enfermo o herido requiere su hospitalización durante un periodo superior a 5 días, clickseguros pondrá a disposición de un familiar del Asegurado o de la persona que éste designe, en cualquiera de los casos con residencia en España, un billete de ida y vuelta, para que pueda acompañarlo en el momento de su repatriación.
En el caso de que el acompañante tuviese la necesidad de hospedarse en un hotel, el Asegurador organizará y se hará cargo de los gastos de estancia hasta un importe de 60 Euros por noche y por un periodo máximo de 10 noches.
Si la contingencia hubiese ocurrido en el extranjero, el límite será de 90 Euros por noche y por un periodo máximo de 10 noches.
5.6. Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero
Si a consecuencia de una enfermedad o de un accidente el Asegurado necesita asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica u hospitalaria, el Asegurador se hará cargo de:
1. Los gastos de traslado urgente al Centro Asistencial.
2. Los gastos y honorarios médicos y quirúrgicos.
3. Los gastos farmacéuticos prescritos por un médico.
4. Los gastos de hospitalización.
5. Gastos odontológicos por servicios de urgencia.
La cantidad máxima cubierta por Asegurado, para el conjunto de los citados gastos que se produzcan en el extranjero, es de 6.000 Euros. Dentro de este límite se incluyen los gastos odontológicos de urgencia hasta 300 Euros.
5.7. Gastos de convalecencia
Si por expresa prescripción facultativa, y de acuerdo con el equipo médico de clickseguros, el Asegurado enfermo o lesionado no puede regresar a su domicilio y por ello tuviera que prorrogar su estancia en un hotel, el Asegurador organizará y tomará a su cargo los gastos de estancia hasta un importe de 60 Euros por noche y un máximo de 10 noches.
Si la contingencia hubiese ocurrido en el extranjero, el límite será de 90 Euros por noche y un máximo de 10 noches.
5.8. Envío urgente de medicamentos
Cuando el Asegurado necesite medicamentos que le fuesen indispensables para un tratamiento médico debidamente prescrito por un facultativo y no existieran en el lugar donde éste se encuentre desplazado, clickseguros se encargará de enviarlos hasta dicho lugar.
El coste del medicamento no queda cubierto y deberá ser abonado por el Asegurado a la entrega del mismo o una vez que haya regresado a su domicilio.
6. COBERTURA RELATIVA A LAS PERSONAS
6.1. Regreso anticipado
Si en el transcurso de un viaje se produjera en España el fallecimiento o enfermedad grave sobrevenida del cónyuge, ascendiente o descendiente en primer grado, hermano o hermana del Asegurado y en caso de que el medio utilizado para su viaje o el billete contratado de regreso no le permitiera anticipar el mismo, clickseguros organizará y se hará cargo de los gastos de su transporte hasta el lugar de inhumación o centro hospitalario donde se encuentre el familiar en España.
6.2. Transporte o repatriación de fallecidos y de los Asegurados acompañantes
En caso de defunción por causas no intencionales del Asegurado, clickseguros organizará y se hará cargo del traslado del cuerpo hasta el lugar de inhumación en España, haciéndose cargo también de todas las gestiones burocráticas necesarias.
Igualmente asumirá los gastos de tratamiento post-mortem y de acondicionamiento conforme a los requisitos legales, con un límite de 1.000 Euros.
El Asegurador organizará y tomará a su cargo el regreso a su domicilio de los Asegurados que acompañaban al Asegurado fallecido en el momento de su defunción cuando no pudieran hacerlo por los medios inicialmente previstos.
En ningún caso estarán cubiertos por clickseguros los gastos de inhumación y de ceremonia.
6.3. Adelanto de fondos
Si durante un viaje por el extranjero, el Asegurado se viera privado de dinero en efectivo por motivos de robo, pérdida de equipaje, enfermedad o accidente, clickseguros le facilitará un anticipo hasta un límite de 1.000 Euros previo depósito en una entidad financiera o compromiso por escrito de la devolución de la cantidad adelantada.
clickseguros podrá solicitar del Asegurado algún tipo de aval o garantía que le asegure el recobro del anticipo.
6.4. Asesoramiento para la denuncia por robo de equipajes y transporte de los mismos
En caso de robo de Equipajes y Objetos personales, el Asegurador prestará asesoramiento al Asegurado para su denuncia.
Tanto en este caso como en el de la pérdida o extravío de dichas pertenencias, si éstas fueran recuperadas, el Asegurador se encargará de su expedición hasta el lugar donde se encuentre el Asegurado o hasta su domicilio.
7. EXCLUSIONES RELATIVAS A LAS COBERTURAS DE ASISTENCIA SANITARIA Y PERSONAL
1. Los gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en España.
2. Las recaídas de enfermedades existentes, con riesgo de agravación súbita y conocidas por el Asegurado en el momento de iniciar el viaje.
3. Los tratamientos estéticos y todo tipo de prótesis, lentes y aparatos ortopédicos en general.
4. Las enfermedades mentales y los estados patológicos conocidos por el Asegurado, susceptibles de empeoramiento en caso de viaje.
5. Los embarazos. No obstante, hasta el 6° mes, quedan cubiertos los casos de complicaciones imprevisibles.
6. La muerte por suicidio y las enfermedades o lesiones de Conductor y Ocupantes, resultantes de acto intencionado de estos.
7. El tratamiento de enfermedades o estados provocados por intencional ingestión o administración de alcohol, narcóticos, tóxicos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica, por Conductor y Ocupantes.
8. Las consecuencias derivadas de la práctica de deportes de riesgo y el rescate de personas en mar, montaña o desierto.
9. Cualquier tipo de gasto médico o farmacéutico inferior a 20 Euros.
NOTA: Esta información es meramente orientativa y no tiene carácter contractual, debiendo atenerse en cada caso, al contenido de la póliza de seguros contratada.